miércoles, 5 de abril de 2017

Perfeccionamiento docente


   Octubre 2015

El artículo seleccionado corresponde al CAPITULO XXVI: DEL PERFECCIONAMIENTO DOCENTE, artículo 171° y 171 DR.

Es preciso reconocer que la formación docente no comienza y finaliza con la formación en el profesorado de cuatro años de duración.  La formación docente constituye un proceso continuo de preparación.

El mundo que rodea tanto a docentes como a alumnos cambia rápidamente, los contextos sociales, políticos, económicos y culturales sufren modificaciones constantes tanto a nivel local como a nivel global. En otras palabras, el mundo al que los profesores preparan a sus estudiantes, cambia precipitadamente y las habilidades requeridas evolucionan de igual manera. Por lo tanto, ningún proceso de formación docente puede ser suficiente para preparar a un profesor para una carrera de treinta o cuarenta años.

En efecto, es importante que el desarrollo profesional sea continuo para que los profesores (junto con otros profesionales y en concordancia con la misma institución escolar) puedanmejorar sus competencias y conocimientos, manteniéndose actualizados.

Elegí este artículo porque considero importante que el docente en todo momento reflexione sobre su propia práctica, sobre su formación y sobre el papel que desempeñan los profesores en la formación de los estudiantes como ciudadanos críticos y activos. Y porque además, considero que esta reflexión no puede llevarse a cabo sin la correspondiente actualización tanto de los conocimientos como de las políticas educativas.

Destaco, a continuación, un artículo de la Ley Nacional que refleja lo antedicho:

ARTÍCULO 71.- La formación docente tiene la finalidad de preparar profesionales
capaces de enseñar, generar y transmitir los conocimientos y valores necesarios
para la formación integral de las personas, el desarrollo nacional y la construcción
de una sociedad más justa. Promoverá la construcción de una identidad docente
basada en la autonomía profesional, el vínculo con la cultura y la sociedad
contemporánea, el trabajo en equipo, el compromiso con la igualdad y la confianza
en las posibilidades de aprendizaje de los/as alumnos/as.

Por otro lado, el Estatuto Docente, en el artículo 171°, postula que: “la Dirección General de Cultura y Educación estimulará y facilitará la superación cultural, técnico profesional y la capacitación del personal docente y aspirante en todos los niveles y modalidades…”.Considero que es importante que, el docente durante su continua formación, revalorice su rol poniendo sobre la mesa aquellas cuestiones que deben ser debatidas y que hacen al mejoramiento en la calidad del trabajo del profesor.

 Coincido con Henry A. Giroux en su artículo denominado “Los profesores como intelectuales transformativos” cuando sostiene que es necesario analizar la tendencia que reduce a los profesores a la categoría de técnicos especializados dentro de la burocracia escolar. Según esta visión, por ejemplo,  los docentes en vez de asimilar críticamente los programas curriculares para ajustarse a las preocupaciones pedagógicas específicas, sólo procuran cumplir con ellos.

Al igual que el autor, considero que es necesario defender a los profesores como intelectuales transformativos y agentes autónomos que combinan la reflexión, la práctica académica, la autocrítica necesaria con respecto a la naturaleza y la finalidad de la preparación del profesorados y su formación continua con el fin de educar a los estudiantes para que sean ciudadanos reflexivos y activos.

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